viernes, 25 de mayo de 2007

GRUPO EMPRESARIAL -DEFINICIÓN Y SU REGISTRO-.

¿Qué es un grupo empresarial?
La ley dispone que haya grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, existe entre las entidades unidad de propósito y dirección.
¿Cuándo se entiende que existe unidad de propósito y dirección?
Se entenderá que existe unidad de propósito y dirección cuando la existencia y actividad de todas las entidades vinculadas persigan la consecución de un objeto determinado por la matriz o controlante en virtud de la dirección que ejerce sobre el conjunto, sin perjuicio del desarrollo individual del objeto social o actividad de cada una de ellas.
¿Dónde debe registrarse el grupo empresarial?
La solicitud de registro debe presentarse en la cámara de comercio correspondiente al domicilio principal de la sociedad controlante y de la sociedad subordinada y sus sucursales.
Si la sociedad o la sucursal está localizada en Bogotá o en cualquiera de los municipios que se señalan en la respectiva Guía del Registro Mercantil, se inscribirá en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Bogotá
¿Cómo se realiza el registro?
Con la presentación de documento privado suscrito por el representante legal de la sociedad controlante, debidamente reconocido ante juez o notario o con la constancia de presentación personal ante el funcionario designado por la cámara de comercio, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la configuración de la situación de control o del grupo empresarial. El escrito debe contener la siguiente información:
- Nombre, domicilio, nacionalidad y actividad de la sociedad controlante.
- Nombre, domicilio, nacionalidad y actividad de las sociedades subordinadas.
- El presupuesto legal que dio lugar a la situación de control o de grupo empresarial respecto de cada una de las sociedades subordinadas.
- La indicación de la fecha en que se configuró la situación de control o de grupo empresarial.
- Firma del representante legal de la sociedad controlante.
Cancelar el valor de los derechos de inscripción los cuales liquidará el cajero.
La inscripción del documento, causa, adicionalmente, un impuesto de registro a favor del departamento de Cundinamarca y del Distrito Capital de Bogotá, en una tarifa equivalente a cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes al momento de la solicitud de inscripción.
La Superintendencia de Sociedades mediante acto administrativo podrá declarar la existencia de la situación de control o grupo empresarial. En este caso no se ocasionará el pago de derechos de inscripción ni del impuesto de registro.

Modificación y cancelación del grupo empresarial
Cuando se modifican o desaparecen los presupuestos que dieron lugar a la situación de control o de grupo empresarial entre dos o más sociedades, el representante legal de la sociedad controlante deberá enviar una comunicación reconocida ante juez o notario, o con presentación personal ante el funcionario designado por la cámara de comercio en cualquiera de nuestras sedes.
Recomendaciones: Envíe copia totalmente legible del documento que garantice su reproducción por medio técnico.

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